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Sentencia 554 de 2019 - Corte Constitucional Los servidores públicos nombrados en provisionalidad pueden ser removidos por razones objetivas, que deben expresarse en el acto administrativo de desvinculación. Entre otros casos, tal cuestión ocurre al proveerse el cargo con un integrante de la lista de elegibles conformada tras un concurso de méritos. La garantía laboral de las personas vinculadas en un cargo de estabilidad intermedia cede frente al mejor derecho de quien superó el concurso de méritos. |