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Concepto 54471 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Quien acepte un empleo público deberá tomar posesión del mismo dentro de los diez (10) días siguientes a la fecha de aceptación. Dicho plazo podrá prorrogarse si el designado no residiere en el lugar del empleo, o por causa justificada a juicio de la autoridad nominadora, pero en todo caso la prórroga no podrá exceder de noventa (90) días y deberá constar por escrito. |