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Sentencia 489 de 2019 - Corte Constitucional

La Corte Constitucional declara la EXEQUIBILIDAD de las expresiones “promover” y “facilitar” contenidas en el numeral 6° del artículo 140 de la Ley 1801 de 2016 “por el cual se expide el Código Nacional de Policía y Convivencia” en el entendido de que las mismas no comprenden conductas de adquirir o consumir bienes o servicios ofrecidos por vendedores informales en el espacio público.