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Concepto 389871 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

La norma es clara al prescribir que las cesantías podrán ser retiradas para compra y adquisición de vivienda, construcción, reparación y ampliación de la misma y liberación de gravámenes del inmueble, contraídos por el empleado o su cónyuge o compañero(a) permanente, en consecuencia, y como quiera que en el caso planteado en su escrito no se cumplen con las condiciones de ley, no es procedente se autorice el retiro parcial de las mismas a favor de quien se encuentra en posesión de un bien inmueble.