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Concepto 389831 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El aplazamiento de las vacaciones debe ser por necesidades del servicio y no por mera liberalidad del empleado público o trabajador oficial, igualmente la norma señala que los empleados públicos y los trabajadores oficiales tiene derecho a 15 días hábiles por vacaciones y en ningún momento señala que el disfrute pueda ser por fracciones de tiempo salvo que se presente necesidades del servicio.