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Concepto 386091 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los descuentos correspondientes, es necesario que la entidad solicite autorización del empleado, en tanto que no es procedente descontarlo en forma automática u oficiosa por parte de la entidad. Si el empleado no accede al reintegro del valor, entonces será necesario acudir a la jurisdicción contenciosa para recuperar dicho valor y reportar la situación al Grupo de Control Interno Disciplinario. |