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Concepto 385291 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Una persona que es beneficiaria de una sustitución pensional, cuando esta es vitalicia, no se encuentra inhabilitada para posesionarse en un empleo en el sector público, al tratarse de una de las excepciones que dispone el artículo 19 de la Ley 4 de 1992, para recibir más de una asignación del tesoro público. |