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Concepto 383311 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública

El alcalde saliente y el alcalde electo, deberán valorar la situación con el objeto de verificar si efectivamente se configura una causal de conflicto de interés en la firma de las actas de empalme pues, como lo afirma la jurisprudencia, cada caso deberá ser valorado de manera individual. En caso que estimen que efectivamente se configura una causal de conflicto de interés, deberán seguir el procedimiento contemplado en el artículo 12 de la Ley 1437 de 2011.