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Concepto 367201 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si la administración consignó valores de más por concepto de salarios, deberá solicitar autorización del servidor público para descontar los valores a los que haya lugar, en tanto que no es procedente descontarlos de oficio por parte de la entidad. Si el empleado no accede al descuento, se deberá acudir a la jurisdicción contenciosa para recuperar dichos valores, o a través de una conciliación. |