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Concepto 348711 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Solamente deben presentar el informe de gestión los titulares y representantes legales descritos en la norma; por el contrario, si el servidor público no tiene dicha calidad, no estará obligado a presentarlo. No obstante, se hace necesario recordar que el retiro del servicio, no sólo de los empleados de manejo y de dirección, sino de cualquier empleado, conlleva el hacer entrega tanto de los bienes, como de los asuntos que se encuentran a su cargo y bajo su responsabilidad. |