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Concepto 34571 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Un postulante a la Cámara de Representante se encuentra inhabilitado para inscribirse y ser elegido como tal si tiene vínculos por matrimonio o unión permanente, parentesco en tercer grado de consanguinidad (padres, hijos, hermanos, abuelos, nietos, tíos, sobrinos), primero de afinidad o único civil ya sea con personas que ejerzan autoridad civil o política en una entidad del orden departamental o municipal "pariente alcalde del municipio que hace parte del departamento por el cual piensa postularse a la Cámara de Representantes". |