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Concepto 340701 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública para que una persona pueda ser elegida por el concejo municipal como personero, se requiere no estar inmerso en el régimen de inhabilidades e incompatibilidades establecidas en la Constitución y la Ley, entre ellas no haber ocupado durante el año anterior a la elección, cargo o empleo público en la administración central o descentralizada del distrito o municipio. |