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Sentencia 338 de 2019 - Corte Constitucional Si bien el término de prescripción de las acciones de reintegro y levantamiento de fuero sindical es de 2 meses, dicho término debe observarse y aplicarse conforme a: (i) la justa causa alegada en la acción de levantamiento de fuero sindical, es decir, que no se extienda en el tiempo; y (ii) la oportunidad de la justa causa respecto de la formulación de la acción. |
Decreto 338 de 2019 - Nivel Nacional Modifica el Decreto Único Reglamentario del Sector de Función Pública, en lo relacionado con el Sistema de Control Interno y se crea la Red Anticorrupción. |