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Concepto 31481 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera que será procedente el reconocimiento y pago de la prima técnica por el criterio de estudios de formación avanzada y experiencia altamente calificada, siempre que se cumplan con los requisitosque se han dejado indicados. Así mismo, debe tenerse en cuenta que la Directiva Presidencial 09 de 2018 dirigida a las entidades de la Rama Ejecutiva del orden nacional, en materia de austeridad, no restringe el otorgamiento de la prima técnica. |