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Concepto 164171 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública La prohibición para que el cónyuge de los empleados públicos suscriban contratos estatales con la respectiva entidad u organismo público se circunscribe a los cargos del nivel directivo, asesor o con los miembros de la junta o consejo directivo, o con las personas que ejerzan el control interno o fiscal de la entidad contratante. |