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Concepto 122701 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Quién haya celebrado un contrato de prestación de servicios con una localidad del Distrito Capital dentro de los tres (3) meses anteriores a la inscripción como candidato a edil y además dicho contrato se ejecutó en la misma localidad donde aspira a ser elegido como edil, en criterio de esta Dirección Jurídica, se considera que se encuentra incurso en la inhabilidad señalada en el artículo 66 del Decreto 1421 de 1993 para inscribirse como edil de la respectiva localidad. |