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Concepto 106471 de 2019 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los empleados no contemplados en la prohibición contenida en el inciso 2 del artículo 127 de la Constitución Política solo podrán tomar parte en actividades de los partidos y movimientos y en las controversias políticas en las condiciones que señale la Ley estatutaria; sin embargo, debe recordarse que dicha ley aún no ha sido expedida en el Congreso de la República. |