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Concepto Sala de Consulta C.E. 2379 de 2018 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil

La ley 91 de 1989 no establece que se deba continuar con el pago de primas extralegales, creadas por las entidades territoriales a favor de los docentes nacionalizados. Las creadas antes del acto legislativo 01 de 1968 son ajustadas a derecho, por tanto deben ser pagadas a los servidores de educación hasta que se produzca su retiro. Finalmente no es ajustado a derecho el pago de primas extralegales salvo las creadas con el acto legislativo 01 del 68; no se hace diferencia de lo que es factor prestacional o salarial puesto que es competencia exclusiva del legislador instituir el régimen salarial y prestacional.