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Concepto 2365 de 2018 - Consejo de Estado - Sala de Consulta y Servicio Civil Un funcionario de la carrera diplomática consular prestando sus servicios al término de tres años en la planta interna, deberá disponer su desplazamiento a la planta externa salvo que a iniciativa del funcionario medie solicitud de prórroga, en ese sentido, esa solicitud de prórroga debe estar sometida a la aprobación de la comisión de personal de carrera diplomática y consular, la cual podrá otorgar la prórroga hasta por el termino de 3 años evaluando las necesidades del servicio y bajo el límite temporal. Frente a la facultad de alternación y bajo causales de “circunstancias de especial naturaleza”, deben ser aprobadas y justificadas para cada caso concreto, sin que tal demostración suponga que deba concederse la excepción a la frecuencia de los lapsos de alternación, bajo el entendido que se debe ponderar la necesidad del servicio exterior ( interés general). |