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Sentencia 00050 de 2018 - Consejo de Estado Las cesantías definitivas, contrario a las anualizadas, sí están sometidas al fenómeno de la prescripción trienal, salvo que la mora en la consignación se produzca por negligencia del empleado, pues su omisión en cumplir con los requerimientos que el empleador dispone para su pago no se puede constituir como beneficio a su favor. Y en lo que se refiere a la sanción moratoria, en la misma providencia igualmente se precisó que, a pesar de que las disposiciones que introdujeron esa sanción en el ordenamiento, no consagran un término de prescripción. |