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Concepto 142981 de 2017 - Departamento Administrativo de la Función Pública Para desempeñar el cargo de inspector de policía, se deberá acreditar formación profesional y experiencia que establece el art. 206 de la Ley 1801 de 2016, en cuanto a la delegación de funciones, es posible realizarla únicamente en empleados públicos de los niveles directivo y asesor. |