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Sentencia 00942 de 2017 - Consejo de Estado El Consejo de Estado concluye que la edad establecida para el retiro forzoso es una limitante para el ejercicio de la función pública por parte de los particulares. Y por otro lado menciona que el Gobierno excedió sus facultades reglamentarias, al establecer como requisito para el concurso de mérito no ser mayor de 65 años, pues dentro de las funciones que debía determinar, no estaba fijar la edad. Y, por último, la Sala destaca la ausencia de normas de inhabilidad generadoras de falta absoluta, que se compone del retiro forzoso por la edad para los curadores urbanos. |