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Sentencia 00098 de 2017 - Consejo de Estado

Señala el Consejo de Estado que la renuncia es producto de una manifestación libre y espontánea por parte del empleado, luego, si se encuentra expresamente la motivación o no, dicha renuncia no invalida el acto administrativo de aceptación, por lo que es necesario que se demuestre que en efecto ese móvil se produzca debido a una coacción invencible que excluye el acto voluntario de renuncia del empleo.