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Sentencia 514 de 2016 - Corte Constitucional

Dice la Corte que la condición de invalidez también se configura con la pérdida de la capacidad laboral en un porcentaje igual o superior al 50 por ciento. Tanto el artículo 7º del Decreto Ley 1295 de 1994 como el artículo 1º de la Ley 776 de 2002, establecen que configurado el anterior hecho se genera como consecuencia el derecho a acceder a esta prestación, cuyo porcentaje se calcula dependiendo solamente del porcentaje de invalidez.