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Concepto 211741 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública La sobrina de un Gobernador se encontrará inhabilitada para realizar su servicio social obligatorio en una Empresa Social del Estado del respectivo departamento, si dicha vinculación se realiza mediante un contrato de prestación de servicios, no obstante si la vinculación de la sobrina en la ESE es mediante una relación legal y reglamentaria, no se configuraría la inhabilidad. |