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Concepto 1771 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Si la incapacidad del servidor público es originada por enfermedad general los primeros dos (2) días deben ser reconocidos por la entidad empleadora y los días que excedan serán reconocidos por el Sistema de Seguridad Social en Salud, es decir, por la respectiva EPS.