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Concepto 169701 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública El Gobernador tiene competencia para ordenar los gastos y celebrar los contratos que correspondan en su departamento, de acuerdo con el plan de inversión y el respectivo presupuesto, tendientes a satisfacer las necesidades de la población, como director de la acción administrativa del departamento y responsable de asegurar el cumplimiento de las funciones y la prestación de los servicios a su cargo; facultad que debe ser previamente autorizada por la Asamblea Departamental. |