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Concepto 1591 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los concejales no tienen la calidad de empleados públicos, son servidores del Estado y gozan de un régimen especial que corresponde a la naturaleza de la corporación a la cual pertenecen. Por consiguiente una vez terminado su periodo constitucional podrán vincularse en un cargo público como es el de Personero. |