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Concepto 156491 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública El empleado al cual se le otorgó un incentivo, se ajustó a las condiciones y requisitos establecidos en dichas disposiciones, aunque se haya retirado, tiene derecho a recibir el incentivo no pecuniario al que se hizo acreedor, teniendo en cuenta que se trata de un derecho adquirido con justo título y que el plazo máximo para la selección, proclamación y entrega de los incentivos pecuniarios y no pecuniarios a los equipos de trabajo y a los mejores empleados es el 30 de noviembre de cada año. |