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Concepto 143511 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública No se evidencia inhabilidad para que el hermano de la ex esposa de un Gerente de una Empresa de Servicios Públicos suscriba un contrato de prestación de servicios con esa entidad, y tampoco se encuentra prohibición alguna para que el Gerente de la Empresa de Servicios Públicos contrate con una empresa de suministros donde el ex suegro es el presidente de la junta directiva de dicha entidad, no obstante, el interesado deberá verificar que el vínculo matrimonial entre el Gerente de la Empresa de Servicios Públicos y su ex cónyuge haya sido disuelto de conformidad con las normas que regulan la materia y que no exista convivencia alguna. |