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Concepto 101661 de 2016 - Departamento Administrativo de la Función Pública El pliego de solicitudes de los empleados públicos deberá ser presentado dentro del primer bimestre del año; es decir, en los dos (2) primeros meses del año. La administración solamente se encuentra en la obligación de atender los pliegos de solicitudes que sean presentados dentro de los términos establecidos. |