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Sentencia 08000 de 2016 - Consejo de Estado El Consejo de Estado se pronuncia respecto a la protección especial de la población que se encuentra en circunstancias de debilidad manifiesta, distinguiendo la prohibición de obstaculizar el ingreso o pérdida el trabajo por razón de limitación, y en caso de que se exceda la incapacidad por el término de 180 días, se iniciara el procedimiento para determinar el estado de invalidez, y si llegase a ser probado, el Sistema General de Pensiones o el Sistema General de Riesgos Profesionales reconocerá la pensión de invalidez. |