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Sentencia 017 de 2016 - Corte Constitucional Los departamentos y municipios tienen autonomía para determinar su estructura interna y organización administrativa central y descentralizada; así como el establecimiento y distribución de sus funciones y recursos para el adecuado cumplimiento de sus deberes constitucionales. Es así cómo la regulación de las condiciones de un cargo propio de las entidades territoriales es un asunto cuya regulación corresponde a los concejos y asambleas, y no al Congreso de la República. |