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Concepto 4411 de 2015 - Departamento Administrativo de la Función Pública Si la entidad, por necesidades del servicio requiere prorrogar los nombramientos y encargos de los empleos de carrera, podrá hacerlo previo el cumplimiento respectivo, para lo cual no requerirá de la autorización de la Comisión Nacional del Servicio Civil, en virtud del auto del 5 de mayo de 2014, proferido por el Consejo de Estado, mediante el cual suspendió provisionalmente apartes del Decreto 4968 de 2007 y la Circular 05 de 2012 de la Comisión Nacional del Servicio Civil, que otorgaban a ésta la facultad de autorizar nombramientos en encargo y en provisionalidad, así como la prórroga de los mismos. |