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Sentencia 720 de 2015 - Corte Constitucional Régimen de Carrera Administrativa esta consagrado especialmente en tres disposiciones de la Constitución: (i) el artículo 123, que define el concepto de servidores públicos, señalando que se trata de todas aquellas personas que prestan sus servicios al Estado en calidad de miembros de las corporaciones públicas, al igual que los empleados y trabajadores del mismo y de sus entidades descentralizadas territorialmente y por servicios; (ii) el artículo 150, numeral 23, que autoriza al Congreso de la República para expedir las leyes que regirán el ejercicio de las funciones públicas y, (iii) especialmente el artículo 125, que implanta el régimen de carrera administrativa como regla general para todos los empleos en los órganos y entidades del Estado colombiano.l fundamento constitucional de la carrera administrativa se encuentra en los artículos 125 y 209 superiores, ya que, en ausencia de los criterios de mérito y eficiencia, “la función administrativa no puede estar al servicio de los intereses generales ni podrá ser desarrollada con base en los principios de igualdad, moralidad, eficacia, economía, celeridad, imparcialidad y publicidad. |
Sentencia 721 de 2015 - Corte Constitucional Para efectos de la responsabilidad disciplinaria de los servidores públicos debe tenerse en cuenta que tiene como objeto de regulación el hecho de que “las funciones que en un Estado de Derecho se desempeñan por los servidores públicos, son una actividad que en manera alguna puede ser arbitraria, ni dejarse librada al capricho del funcionario, sino que, siempre se trata de una actividad reglada, cuyo desempeño exige el sometimiento estricto a la Constitución, la ley o el reglamento |
Sentencia 673 de 2015 - Corte Constitucional El empleo público de jefe de control interno disciplinario o quien haga sus veces, es de libre nombramiento y remoción, por cuanto se encuentra acreditada una razón suficiente, dado el nivel jerárquico directivo que ocupa dentro de la estructura de las diferentes entidades estatales, y la naturaleza de las funciones preventivas y correctivas asignadas |
Sentencia 618 de 2015 - Corte Constitucional los cargos de libre nombramiento y remoción comportan un tratamiento diferente del que se discierne a los empleos de carrera administrativa, conforme se evidencia tratándose de la estabilidad que es “prerrogativa especial” de la carrera y que no asiste plenamente a los empleados de libre nombramiento y remoción, en cuyo caso es “restringida o precaria”, puesto que “la vinculación, permanencia o retiro de sus cargos depende de la voluntad del empleador, quien goza de cierta discrecionalidad para decidir libremente sobre estos asuntos |
Sentencia 613 de 2015 - Corte Constitucional Todo trabajador con contrato a término fijo que se encuentre secuestrado o haya sido desaparecido forzadamente, o sea víctima de toma de rehenes, tiene derecho a la continuidad en el pago de su salario y prestaciones sociales hasta tanto se venza el término del contrato a término fijo, se produzca su libertad, o se produzca su muerte real o presuntiva, con lo cual se ponga fin a ese derecho y a la obligación correlativa del empleador particular. |
Sentencia 601 de 2015 - Corte Constitucional La Constitución faculta al legislador, ordinario o extraordinario, para reglamentar y determinar en qué casos debe aplicarse la excepción a la regla de que todos los ciudadanos tienen derecho a acceder al desempeño de funciones y cargos públicos, cuando se trata de nacionales por nacimiento que tienen doble nacionalidad. Esta facultad debe ejercerse con fundamento en razones objetivas y fundadas en el ordenamiento jurídico, que correspondan al preciso contexto normativo en el cual la función o el cargo público se inscriben. |
Sentencia 562 de 2015 - Corte Constitucional Estudia la constitucionalidad del artículo 109 del Decreto 019 de 2012, en lo que respecta a la eliminación de la exigencia de contar con el reconocimiento de profesional en economía y su tarjeta profesional para el desempeño de diversas labores especializadas en el sector público y privado. |
Sentencia 513 de 2015 - Corte Constitucional Los trabajadores portadores del Virus de Inmunodeficiencia Humana y del Síndrome de Inmunodeficiencia Adquirida, son sujetos de especial protección constitucional debido a las circunstancias de debilidad manifiesta en las que se encuentran con ocasión de su enfermedad. Esta condición los hace acreedores de una estabilidad laboral reforzada que se concretiza en la obligación que tiene el empleador de demostrar una causal de despido objetiva, que de presentarse, debe ser expuesta ante el inspector de trabajo para que autorice su desvinculación laboral. En el caso que estos requisitos no se cumplan, el trabajador despedido tendrá derecho a ser reintegrado y a que se le paguen los salarios dejados de percibir, los aportes en Seguridad Social y la indemnización sancionatoria contemplada en el inciso 2º del artículo 26 de la Ley 361 de 1997 |
Sentencia 499 de 2015 - Corte Constitucional Estudia la constitucionalidad del artículo 86 de la Ley 1474 de 2011, en lo que respecta a la imposición de multas, sanciones y declaratorias de incumplimiento. |
Sentencia 456 de 2015 - Corte Constitucional El precedente de la sentencia C-1035 de 2008, que declaró la exequibilidad condicionada del artículo 13 de la Ley 797 de 2003, resulta vinculante en este caso y se extiende también a la sustitución de la asignación de retiro o de la pensión de invalidez o de la pensión de sobreviviente dado que el hecho de que se encuentren contenidas en el régimen especial, no es razón suficiente para mantener una distinción que no responde a ninguna finalidad imperiosa ni urgente. |