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Circular 5 de 2014 - Comisión Nacional del Servicio Civil

Mediante la Sentencia C-288 de 2014, la Corte Constitucional declaró exequible, en forma condicionada, el artículo 21 de la Ley 909 de 2004, en relación con la provisión de los empleos en las Plantas Temporales. En atención a dicha providencia, la Comisión Nacional del Servicio Civil - CNSC informa a todos los Representantes Legales y Jefes de Unidades de Personal de entidades del Sistema General de Carrera, de los Sistemas Específicos y de los Sistemas Especiales a los que por orden de la Ley se les aplica transitoriamente la Ley 909 de 2004, sobre la obligatoriedad del pronunciamiento realizado por esa Corporación Judicial

Directiva 5 de 2014 - Presidencia de la Republica

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