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Concepto 124761 de 2014 - Departamento Administrativo de la Función Pública Los nominadores territoriales dentro de los 4 meses anteriores a las elecciones a Congreso de la República, así como dentro de los 4 meses anteriores a las elecciones presidenciales en primera o segunda vuelta, si es del caso, no podrán modificar la nómina del respectivo en el territorial o entidad. |