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Decreto 917 de 2013 - Nivel Nacional

Por el cual se deroga el artículo 7° del Decreto número 1362 de 2011, modificado por los Decretos número 177 de 2012 y 603 de 2013, el cual estableció un plazo de seis (6) meses contados a partir de su entrada en vigencia, para efectos de depurar e integrar la información que debía registrarse en la base de datos única centralizada del Sistema de Registro Único de Afiliados al Sistema de Seguridad Social Integral y de la Protección Social