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Sentencia 471 de 2013 - Corte Constitucional (i) el legislador viola la competencia asignada en la Constitución Política a la Comisión Nacional del Servicio Civil (arts. 125 y 130, CP) al establecer que cada Superintendencia administrará el sistema específico de carrera de su entidad, y no la Comisión Nacional del Servicio Civil. Esta violación es especialmente grave si la decisión no fue adoptada por el Congreso de la República sino el Ejecutivo, en su calidad de legislador extraordinario. (ii) Son inconstitucionales por consecuencia, aquellas funciones otorgadas a las Superintendencias cuando evidente y necesariamente, tal decisión normativa supone que las Superintendencias tienen la competencia para administrar el sistema de concurso específico de su respectiva entidad y no la Comisión Nacional del Servicio Civil, como lo establece la Constitución Política de Colombia de 1991, según jurisprudencia constitucional consolidada. |
Decreto 471 de 2013 - Nivel Nacional Modifica el Decreto 226 de 2013, respecto a la integración de la Comisión Intersectorial de orientación y apoyo al financiamiento de programas y proyectos de inversión de la Subcuenta Departamento Archipiélago de San Andrés, Providencia y Santa Catalina |