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Sentencia 286 de 2013 - Corte Constitucional ¿¿Vulneración por Oficina de Control interno de la Policía Nacional al no dar trámite al recurso de apelación enviado por correo electrónico en proceso disciplinario. El abogado del accionante presentó válidamente y dentro del término legal la impugnación del fallo sancionatorio mediante correo electrónico, lo que obligaba a la autoridad a recibir y tramitar ese recurso, y aseguraba para el interesado la posibilidad de incoar posteriormente las acciones contenciosas que él considerara procedentes. Al no haberlo hecho así, la Sala observa que en efecto, se conculcaron sus derechos fundamentales al debido proceso administrativo y a la defensa. De otra parte, se ha determinado que el demandante no cuenta con otro medio de defensa que hiciere improcedente la tutela, dado que al desestimarse la presentación del recurso de apelación enviado por su abogado, ello le implica incumplir el requisito de procedibilidad necesario para después poder interponer la acción de nulidad y restablecimiento del derecho¿¿. |