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Sentencia 250 de 2013 - Corte Constitucional La Comisión Nacional del Servicio Civil, encargada de la administración y vigilancia de las carreras de los servidores públicos, con excepción de las de carácter especial, incide en el cumplimiento de las funciones encomendadas a las comisiones de personal, dado que los lineamientos señalados por esa Comisión deben guiar la función de velar para que los procesos de selección y de evaluación se adelanten según la ley, al paso que la solicitud de exclusión de la lista de elegibles se tiene que presentar ante la Comisión Nacional del Servicio Civil a la que, deberán informar “de todas las incidencias que se produzcan en los procesos de selección, evaluación del desempeño y de los encargos”, así como presentarle trimestralmente “un informe detallado de sus actuaciones y del cumplimiento de sus funciones”, pudiendo la Comisión, en cualquier momento, asumir el conocimiento de los asuntos o enviar un delegado suyo para que elabore un informe al respecto y se adopten las decisiones que correspondan”. |