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Concepto 176611 de 2013 - Departamento Administrativo de la Función Pública

Los empleados públicos docentes tienen derecho a una prima anual de servicios equivalente a 30 días de remuneración mensual cuando el empleado haya estado vinculado durante 1 año; en el evento que el tiempo sea inferior a un año, se le liquida proporcionalmente, a razón de una doceava parte por cada mes de servicio, siempre y cuando hubieren servido a la universidad respectiva por lo menos seis (6) meses