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Decreto 2667 de 2012 - Nivel Nacional Reglamenta la tasa retributiva por el uso directo o indirecto del agua como receptor de vertimientos de la que serán sujeto los usuarios que ejecuten la conducta que la origina, define para su correcta aplicación los términos ambientales propios de la actividad que regula, detalla los componentes y factores de la fórmula por la que se liquida la tasa, asigna a las autoridades ambientales la responsabilidad de definir las metas de carga contaminantes para cada cuerpo de agua entregando a cada usuario la meta individual que le corresponde; determina el procedimiento previo que permite establecer una meta de carga contaminante. Le corresponde al Ministerio de Ambiente establecer los elementos, sustancias o parámetros contaminantes objeto del cobro, el dinero recaudado se destinará a proyectos de inversión en descontaminación hídrica y monitoreo de la calidad del agua. |