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Concepto 178741 de 2012 - Departamento Administrativo de la Función Pública Se considera que en virtud de la prohibición constitucional de no desempeñar simultáneamente dos empleos, el empleado que es nombrado en un cargo diferente al que viene desempeñando en provisional, debe separarse del empleo que ostenta, y luego si puede posesionarse en el nuevo empleo público. |