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Ley 1577 de 2012 - Nivel Nacional Adopta medidas especiales para la rehabilitación e inclusión social de los jóvenes con alto grado de emergencia social, pandillismo y/o grupos de violencia juvenil, a través de planes, programas y estímulos fomentados por el Gobierno Nacional, Gobiernos Departamentales, Distritales, Municipales y entidades territoriales mediante sus Consejos de Política Social bajo el marco del presupuesto disponible, además se contará con el apoyo y asesoría del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar; propenderá también por la generación de convenios o contratos que promuevan la generación de empleo en los que se puedan ubicar estos jóvenes, así mismo reglamentará los requisitos que deberán cumplir las personas naturales o jurídicas interesadas en apoyar el objetivo de esta Ley, el seguimiento al cumplimiento de lo dispuesto aquí estará en cabeza del Consejo de Política Criminal entidad que recibirá un informe periódico del Instituto Colombiano de Bienestar Familiar en coordinación con el Ministerio del Interior y de Justicia y la Policía Nacional, por último determina cuáles son las conductas discriminatorias que pueden generarse contra estos jóvenes y las sanciones en las que incurrirá/n el/los sujeto/s discriminador/es. |