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Ley 1506 de 2012 - Nivel Nacional Crea el Subsidio Excepcional como un mecanismo para conjurar eventuales crisis que se generen en la prestación de los servicios públicos domiciliarios de energía eléctrica, gas combustible por redes, acueducto, alcantarillado y aseo con ocasión de cualquier fenómeno natural que incida o altere desastrosamente a la población nacional y su forma de vida. Este subsidio corresponde a un porcentaje adicional al establecido en la Ley 142 de 1994, para ser aplicado sobre el consumo de subsistencia o el costo medio de suministro del consumo, según sea el caso, así como el valor del cargo fijo en caso de que este sea aplicable y será financiado con aportes de la Nación. El subsidio favorece a los suscriptores y/o usuarios de los estratos subsidiables en los términos, condiciones y porcentajes que establezca el Ministerio respectivo, por medio de reglamentación que emitirá en un plazo no mayor a noventa (90) días posteriores a la fecha en que se sancione la presente ley. |