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Decreto 100 de 2012 - Nivel Nacional

Establece reglas para cancelar la multiafiliación en el Sistema General de Riesgos Profesionales entendiéndose al aportante como la persona o entidad que tiene la obligación directa frente a la entidad administradora de cumplir con el pago de los aportes correspondientes al Sistema para uno o más afiliados al mismo y los aportantes empleadores afiliados al ISS solo podrán trasladarse de una entidad administradora de riesgos profesionales después de (2) años, contados desde la afiliación inicial o en el último traslado.