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Directiva 28 de 2011 - Presidencia de la Republica La cual refiere la derogatoria de la Directiva Presidencial número 02 de 2009 que se ocupa de las medidas de Austeridad en el Gasto Público y Protección del Medio Ambiente. |
Directiva 21 de 2011 - Presidencia de la Republica Se refiere al Sistema de Seguimiento a Metas de gobierno (SISMEG), el cual consta de una herramienta, administrada por el DNP, en donde se encuentran todos los indicadores planteados para los diferentes sectores, temas de gestión, asuntos de interés y el reporte de ejecución presupuestal. Adicionalmente, el Sistema de Seguimiento a Metas de Gobierno contempla una serie de rutinas de seguimiento para el reporte de la información al señor Presidente de la República y al Gabinete (Consejo de Ministros, Comités, Diálogos, Talleres, entre otros). En el Sismeg, quedará consignada a partir de la fecha, toda la información de seguimiento a los compromisos sectoriales y sus indicadores. Las rutinas de seguimiento parten de la información del Sismeg, el cual proporcionará las siguientes herramientas: Tableros de Control Sectoriales; Tableros de Control de los Diálogos de Gestión, Informe para el Consejo de Ministros; Tableros de Control para Empleo, Pobreza, Seguridad Nacional, Seguridad Ciudadana, Sostenibilidad Ambiental y Víctimas; Tablero de Ejecución Presupuestal. |
Directiva 7 de 2011 - Procuraduria General de la Nacion Por medio de la cual se recuerda a los jefes o representantes legales y a los ordenadores del gasto de las entidades públicas, la obligatoriedad de dar cumplimiento a las normas vigentes, en relación con la publicidad de los procedimientos contractuales. Desde la entrada en vigencia de la Ley 1150 de 2007, las entidades estatales, descritas en el artículo 2º de la Ley 80 de 1993, tienen la obligación de publicar en el SECOP, los procesos contractuales que se adelanten bajo las modalidades de Licitación Pública, Selección Abreviada, Concurso de Méritos y Contratación Directa. |
Directiva 13 de 2011 - Presidencia de la Republica Por medio de la cual se prorroga el cierre del diligenciamiento de la segunda etapa del Registro Único de Damnificados por Emergencia Invernal, previsto en la Directiva Presidencial número 10 de marzo 2 de 2011, hasta el 10 de junio del 2011 a fin de que los municipios cumplan con los registros respectivos. |
Directiva 11 de 2011 - Presidencia de la Republica A la fecha existen personas en algunos municipios afectados por la emergencia invernal que no han sido registrados en los formularios para el Registro Único de Damnificados para estos efectos, se hace necesario prorrogar el término concedido en numeral 3 de la Directiva Presidencial número 03 del 13 de enero de 2011 hasta el 30 de marzo de 2011, a fin de que los municipios incursos en el retraso cumplan con los registros respectivos. Asimismo, se amplio el plazo de que trata el numeral 5 de la citada Directiva 03 hasta el día 5 de abril de 2011. |
Directiva 10 de 2011 - Presidencia de la Republica De conformidad con las instrucciones impartidas mediante Directiva Presidencial 03 de 2011, en la cual se estableció el procedimiento tendiente a la elaboración del Registro Único de Damnificados por la emergencia invernal 2010-2011, generada por el Fenómeno de La Niña, el Presidente de la República realizó algunas precisiones respecto al alcance del Registro, el cual pretende obtener la información básica sobre las personas naturales damnificadas y los bienes inmuebles, agrícolas y pecuarios afectados por la emergencia invernal 2010-2011. Lo anterior, con el fin de orientar las acciones y Programas del Gobierno Nacional para dicha población durante las fases de rehabilitación y de reconstrucción de las zonas afectadas. Asimismo, determinó las competencias de la Dirección de Gestión del Riesgo del Ministerio del Interior y de Justicia, de las Alcaldías, de la Agencia Presidencia para la Acción Social y la Cooperación Internacional. |
Directiva 9 de 2011 - Presidencia de la Republica Pone en conocimiento de las autoridades del orden nacional comprometidas con la atención de la población desplazada, la metodología de costeo presentada en el ¿Informe del Gobierno Nacional a la Corte Constitucional sobre la superación del Estado de Cosas Inconstitucional declarado mediante la Sentencia T-025 de 2004¿ y establecer lineamientos y directrices para la revisión del ejercicio y su respectiva actualización. |
Directiva 4 de 2011 - Presidencia de la Republica La cual define el alcance de la Directiva Presidencial 003 de 2011 por medio de la cual se hace alusión al tema referido al Registro Único de Damnificados por Emergencia Invernal |
Directiva 3 de 2011 - Presidencia de la Republica La cual trata el tema referido al Registro Único de Damnificados por Emergencia Invernal |