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Sentencia 223 de 2011 - Consejo de Estado

La prima técnica fue concebida como un reconocimiento económico otorgado por dos criterios: para atraer o mantener en el servicio del Estado a funcionarios o empleados altamente calificados para el desempeño de cargos cuyas funciones demanden la aplicación de conocimientos especializados o la realización de labores de dirección o de especial responsabilidad y como un reconocimiento al adecuado desempeño del cargo, cuando éste se encuentre en niveles iguales o superiores al 90%, según la correspondiente evaluación.

Sentencia 223 de 2011 - Corte Constitucional

Revisión oficiosa de constitucionalidad del Decreto Legislativo 4674 de 2010, ¿Por el cual se dictan normas sobre evacuación de personas y se dictan otras medidas¿, expedido en desarrollo del Decreto 4580 de 2010 mediante el cual se declaró el estado de emergencia económica, social y ecológica. ¿Los límites y requisitos constitucionales que deben observar los decretos legislativos dictados al amparo de la emergencia económica, social, ecológica, están contenidos en diversas fuentes: (i) en el texto de la propia Constitución, (ii) en la ley estatutaria de los estados de excepción, y (iii) en los tratados internacionales sobre derechos humanos, (¿). Como parámetro adicional del control se debe tener en cuenta el propio decreto que declara el estado de excepción.¿ ¿En cuanto a los límites generales, esta Corporación ha señalado que únicamente dentro de un marco de respeto a los principios del constitucionalismo se puede entender como legítima la utilización de los poderes excepcionales que en los estados de emergencia se adscriben al ejecutivo.¿ ¿Con fundamento en ellas [prohibiciones de la LEEE] no es posible ejercer dichas potestades para: (i) suspender los derechos humanos y las libertades fundamentales; (ii) interrumpir el normal funcionamiento de las ramas del poder público y los órganos del Estado; y (iii) suprimir o modificar los organismos y las funciones básicas de acusación y juzgamiento. Estas prohibiciones se han expresado a través de los denominados juicios de ausencia de arbitrariedad, intangibilidad, no contradicción específica y no discriminación.¿