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Decreto 235 de 2010 - Nivel Nacional

Regula el intercambio de información entre entidades para el cumplimiento de funciones públicas, aplicando el principio de colaboración. Los requerimientos de información que se hagan entre entidades estatales en cumplimiento de una función administrativa o por los particulares encargados de una función administrativa, a otras entidades del Estado, no constituyen solicitud de un servicio y no genera costo alguno; estas entidades deberán establecer mecanismos magnéticos, electrónicos o telemáticos para integrar, compartir y/o suministrar la información, previa celebración de un contrato en el cual se señale los términos y condiciones para la entrega de la referida información.